El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;

Artículo 75 ° Fracción XXXIV
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Descripción: Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmuebles que utilicen, tengan a su cargo y/o les han sido asignados para el desarrollo de sus funciones, que hayan sido destinados a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto; sean propiedad del sujeto obligado o se encuentren en posesión de éstos. Respecto de los bienes muebles se registrará tanto el mobiliario y equipo –incluido el de cómputo – como los vehículos y demás bienes muebles al servicio de los sujetos obligados, de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

  • Inventario de bienes muebles

  • Altas practicadas

  • Bajas practicadas


  • Inventario de bienes inmuebles

  • Altas practicadas

  • Bajas practicadas


  • Inventario de bienes muebles e inmuebles donados

Responsable de la información
Dirección de Planeación - C. Jesús Roberto Camarillo Guillén
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Fecha de validación de la información
Martes, 30 Enero 2024
Fecha de actualización de la información
Martes, 30 Enero 2024
Conservar en el sitio de Internet
Información vigente respecto al inventario de bienes muebles e inmuebles.En cuanto al inventario de altas y bajas, así como los bienes muebles e inmuebles donados, se conservará la información vigente y la correspondiente al semestre anterior concluido
Periodo de actualización
Semestral En su caso, 30 días hábiles después de adquirir o dar de baja algún bien
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